Parroquia Asunción de Nuestra Señora de Torrent

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Capítulo III: Una Comunidad Comprometida con la Sociedad (Siglos XIX-XX)

 

II- OFICIOS PARROQUIALES REALIZADOS POR CLERIGOS

Las desamortizaciones de los bienes del clero variaron el sistema de financiación de las parroquias, por lo que desaparecieron algunos oficios relacionados con la administración de ese tipo de rentas, como el síndico. El nombramiento de los cargos que perduraron durante esta etapa dependía exclusivamente del párroco, segun se desprende del acta de la reunión del clero celebrada el 11 de julio de 1899. Según se refiere, al tomar posesión el nuevo rector don Manuel Pavía, confirmó en su lugar a todos los cargos desempeñados tanto por clérigos como por laicos. En ese año, dos de los miembros del clero desempeñaban oficios parroquiales: don Juan Bautista Daries, vicario segundo era el racional, y don Vicente Serrador, vicario tercero servía en el oficio de archivero. No hemos podido averiguar cual era el salario que recibirían por la realización de estos cometidos, que eran desempeñados por un período de tiempo no determinado.

La administración de las rentas de la parroquia, que durante el período barroco estaba en manos de los laicos a través del oficio de colector, pasó durante esta etapa a manos del clero a través del oficio de ecónomo. Este habitualmente recaía en la figura del rector, y su misión consistía en la administración de los bienes y rentas de la parroquia.

El oficio de archivero continuó siendo desempeñado por un clérigo. Se configuró el concepto de archivo histórico, donde se almacenaban los documentos provenientes de la etapa anterior, muchos de los cuales perdieron su validez jurídica por la desaparición de las propiedades desamortizadas y por la extinción de los censos. Por ello no resulta extraño que se llevaran a cabo algunos expurgos para deshacerse de aquella documentación que había perdido vigencia. En la reunión del clero celebrada el 25 de noviembre de 1900 "se trató del repaso por 2ª vez de los papeles del archivo para desacerse ya de los inútiles definitivamente".

El sínodo de 1951 declina la responsabilidad del archivo al rector de la parroquia. En este se distingue por primera vez entre oficina parroquial y archivo. Esta separación ha condicionado que el archivo durante muchos años se convierta en un lugar cerrado y en un simple depósito de documentos. La oficina parroquial debe estar abierta a horas fijas, y a ser posible deberá ser regentada por el párroco, para procurar un trato más directo con los feligreses. En ella se situarán los libros sacramentales, los expedientes matrimoniales, y el racional distribuidor, que estén todavía en uso.

La firma de cualquier tipo de certificaciones sacramentales es potestad exclusiva del párroco o del sacerdote encargado del despacho parroquial, y en estos casos la signatura debe ser original de su puño y letra, acompañada por el sello de la parroquia.

Durante toda esta etapa fue preceptiva la llevanza de los libros de racional, de cuyo cometido se encargaría un clerigo, de la misma manera que se hacía en la etapa anterior, realizando los correspondientes apuntes de ingresos y liquidando las distribuciones.

El oficio de domero continuó desempeñandose hasta 1936 cuando desapareció el coro, y este no recaía en una persona fija como en la etapa barroca, sinó que se realizaba por los miembros del clero por turnos.

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