Parroquia Asunción de Nuestra Señora de Torrent

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Capítulo III: Una Comunidad Comprometida con la Sociedad (Siglos XIX-XX)

1- EL CLERO

Ya a principios del siglo XIX se hicieron notar los primeros signos que anunciaban la quiebra del sistema económico sobre el que se había mantenido el clero en los siglos anteriores. A consecuencia de la crisis que afectaba a la agricultura, muchos arrendadores de las tierras del clero se veían imposibilitados a cumplir rigurosamente con el pago de sus contratos. El libro de diliberaciones de la parroquia de Torrent contiene numerosas referencias en este sentido, que van haciéndose cada vez más frecuentes con el paso de los años como consecuencia de un empeoramiento de la situación.

En la sesión celebrada el 9 de octubre de 1809 se manda al síndico del clero que ejecute la deuda de Vicente Andreu. Parece ser que por entonces se había hecho habitual el que muchos arrendadores pagaran por todos los santos, una vez recogidas las cosechas, en vez de hacerlo en san Juan cuando estaba estipulado. Para impedir que se generalizara esta práctica se advierte al síndico en la misma sesión "...que sepa los arrendadores que pagan por todos los santos para apercibirles que, pasado un año, dejen las tierras por malos pagadores".

Esta situación, lejos de solucionarse, se agravaba más con el paso de los años, llegando a alcanzar las deudas a favor del clero las cuatro mil libras en año 1825. De este modo se explica que cada vez fueran más drásticas las medidas adoptadas para con los morosos. En el capítulo parroquial celebrado el 29 de agosto de 1819 se dio cuenta de que los atrasos de los arrendadores de tierras y de los censalistas habían producido una considerable merma en los ingresos del clero, por lo cual se ordenaba al síndico que practicara las diligencias judiciales oportunas encaminadas al cobro, y que notificara el desahucio a los que creyera conveniente. Como consecuencia de esta decisión, Pedro Esteve y Vicente Castillo, en nombre de los arrendadores del clero, pidieron en mayo de 1820 se les condonara una parte de la deuda. El clero deliberó que, dada su situación, no era momento oportuno para acceder a esa petición.

Cada vez se reducían más las rentas, por lo que se veía la necesidad de endurecer las medidas encaminadas a su cobro. Por ello en el capítulo del mes de junio del mismo año se acordó "que el síndico no omita diligencia alguna para el más pronto cobro, desahucio y embargo, tomando cualquiera finca, aunque sea de corto valor, frutos y demás, a cuenta de sus deudas, y notificándoles no pongan los pies en las tierras, sin perjuicio de re convenirles en todo tiempo, y embargarles por lo que queden debiendo, de forma que el clero pueda desde luego otorgar los arriendos a otros quienes estime". De nuevo, en el capítulo del mes de abril de 1830, el colector dio cuenta de que encontraba grandes dificultades para la cobranza de arriendos y de censos, por lo que se determinó "que desde luego procediese el síndico a executar a los sugetos que el colector le demarque, valiéndose para ello de las autoridades que juzgue oportunas, sin levantar la mano hasta que se verifique quedar el clero satisfecho".

Además de estas deudas, que afectaban las rentas de la dotación de los beneficios destinadas al sustento material de cada sacerdote, también se registraban otras que alcanzaban al pago de las pensiones de los censos, y de otras rentas de cuyo producto se celebraban misas. Esta morosidad se debía, además de a una situación de crisis económica generalizada, a una falta de interés de los actuales obligados por satisfacer unas rentas que habían comprometido antepasados ya muy lejanos. Sin duda constituye otro signo más de la crisis del sistema feudal.

La deliberación del capítulo parroquial del mes de diciembre de 1825 resulta bien ilustrativa de esta situación. En el se dio cuenta de que "... no hay fondos disponibles ni aun para la limosna de las misas resadas ni cantadas, y hallarse la colecta en un estado difícil de cobrar, por ser la mayor parte censos, y no se han cobrado por los anteriores colectores". Se acordó, contando con la licencia del vicario general y hasta nueva orden, suspender las celebraciones de aquellas administraciones o censos de difícil cobranza, al tiempo que continuaran celebrándose las que fueran cobrables. Esta situación afectaba a uno de los pilares económicos sobre los que se había sustentado el clero barroco como era el culto basado en la celebración de misas.

Por tanto, durante la primera mitad del siglo XIX asistimos a la quiebra de la base económica sobre la que se había desarrollado el modelo de clero barroco. Según R. M. Sanz de Diego, a partir de entonces "los eclesiásticos tuvieron que cambiar su rol social. De ser limosneros pasaron a una situación precaria". El capítulo celebrado en noviembre de 1825 daba cuenta de la situación de endeudamiento a que había llegado el clero de Torrent, debiendo pagar 226 libras a Angelo Darmanin, anterior colector, así como los quindenios y otras contribuciones del clero. Estas falta de recursos llevó a don José Mora a abandonar su beneficio e irse a su casa de Valencia "hasta que se efectúe todo el pago referido y haya fondos para poder subsistir".

La desamortización de Mendizabal de 1834, y otras posteriores, significarían la expropiación del patrimonio del clero y de otras administraciones eclesiásticas. También en el año 1837 se abolió legalmente la recaudación de los diezmos y de la primicia, sobre la cual basaba su sustento el rector de Torrent. Por tanto, desde esta fecha hasta el año 1851, la situación del clero fue de absoluta penuria, pues no disponía de más rentas que las provenientes de las celebraciones votivas, y de la caridad de sus feligreses.

La intervención diocesana en la asignación económica del clero parroquial queda manifiesta en el capítulo celebrado el 3 de septiembre de 1845, en el que se da cuenta de haber recibido una circular del arzobispado informando del derecho que tenía el clero de recaudar las rentas de los bienes que no habían sido enajenados. Estas se entregarían a una comisión diocesana para su posterior distribución a partes iguales entre los miembros que componían el clero de la parroquia. Esta medida nos indica también la desaparición del concepto de beneficio con una dotación propia, obteniendo los clérigos a partir de ahora su salario proveniente de un fondo común.

Una instancia conservada en el archivo parroquial nos refleja la difícil situación econónica por la que atravesaba el clero en el año 1849. El ecónomo exponía al presidente de la junta de dotación de culto y clero del arzobispado de Valencia la imposibilidad de cobrar la gran mayoría de las pensiones de los censos, y de las dificultades en la cobranza de los que podían era posible. En el año anterior, las rentas de la parroquia se estimaban en 15.499 Rs. 11 ms., de las que descontando 3424 Rs. 11 ms. en concepto de contribuciones y gastos de cobranza, quedaban en 12.075 reales netos. De ellas se pagaban 10.500 reales a tres beneficiados, 4.400 reales de aumentos para los dos capellanes, y mil para el ecónomo, lo que sumaba 15.900 reales de gastos. La diferencia arrojaba un déficit de 3.835 reales, que en años pasados pudieron satisfacerse por el cobro de algunos atrasos de pensiones de censos que se adeudaban, pero como indicaba el ecónomo "estos créditos se van extinguiendo, y las dificultades y escaseces han de hir en aumento".

El concordato de España con la Santa Sede del año 1851 supuso para el clero la percepción de una asignación económica por parte del Estado, canalizada a través del obispado, en compensación por las propiedades desamortizadas, de cuyas rentas obtenían anteriormente su medio de vida. Por lo que resta de siglo, como consecuencia de la inestabilidad política y por la difícil situación económica del Estado, las asignaciones, además de ser escasas, llegaban tarde, e incluso muchas veces no se otorgaba lo que se había establecido. Durante el siglo XX la situación económica de la Iglesia ya sería más estable, si exceptuamos los períodos de la república y de la guerra civil.

Estas transformaciones en la economía del clero provocaron la paulatina extinción del clero beneficial, y por tanto del número de miembros que lo componían, llegando con el paso del tiempo a estar compuesto únicamente por las figuras del rector y de varios coadjutores. A mediados del año 1855, de los tres beneficios que después de 1933 todavía estaban ocupados, tan sólo permanecía ahora el de Nuestra Señora del Rosario, por ser el único cuya dote estaba constituida por bienes inmuebles, ya que los demás fueron dotados de censos. Pero antes de la extinción de los otros dos beneficios sus patronos continuaban ejerciendo sus derechos, "aun cuando no satisfacían sus propias rentas las consignaciones de los beneficiados, sino que estos las percibían del acervo común de que formaban parte las escasas rentas de cada beneficio en particular". Pero la última ley desamortizadora dictada por Madoz, que se llevó a la práctica de 1855 a 1867, supuso la desaparición definitiva de los bienes raíces que dotaban el beneficio del Rosario, así como la redención de los censos de los demás beneficios.

Sin embargo, la pérdida del status económico del clero tuvo unas repercusiones positivas en sus actitudes. A partir de ahora se puede observar una mayor identificación y compromiso con los problemas sociales de sus feligreses, manifiesta en las decididas actitudes que adoptaron algunos rectores de esta parroquia.

También las transformaciones experimentadas en la sociedad abrieron paso a nuevas órdenes religiosas, tanto masculinas como femeninas, que desarrollaron su labor desde los campos de la educación, la enseñanza de la doctrina, la ayuda a los pobres, o la reeducación de la juventud marginada. En este período se instauraron dentro de la jurisdicción de la parroquia de Torrent comunidades de religiosas Terciarias Franciscanas, Salesianas y Trinitarias, y de religiosos Terciarios Capuchinos, con la finalidad de servir a la sociedad desde la atención a estas necesidades planteadas.

 

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